Matrimonio civil

Matrimonio
Preguntas frecuentesRequisitos

¿Qué es?

Es una unión formal que reconoce a una pareja como casada ante las autoridades civiles y les brinda los derechos y deberes de una unión conyugal.

Preguntas frecuentes

  • Matrimonio civil
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  • 1. ¿Qué hacer si alguno de los contrayentes no puede asistir?
     

    En este caso se debe aportar un poder (que puede constar en Escritura Pública o por documento privado debidamente autenticado). Si proviene del extranjero, debe estar apostillado y en su caso traducido.

  • 2. ¿Qué documentos necesito para casarme por lo civil?
     

    Fotocopia de la cédula de ciudadanía, Registro Civil de Nacimiento válido para contraer matrimonio y la solicitud de matrimonio civil debidamente diligenciada y autenticada.

  • 3. ¿Qué debe adjuntarse si existen hijos menores fuera de la relación?
     

    Se debe presentar un inventario solemne de los bienes del menor.

  • 4. ¿Puede un menor de edad contraer matrimonio civil?
     

    Sí; con los siguientes requisitos: a. Debe de tener por lo menos 14 años; b. Anexar un permiso autenticado de los padres o tutores.

  • 5. ¿Qué debe hacer una pareja que aún no se ha casado, pero ya tiene hijos?
     

    A todos los documentos anteriores debe añadir el Registro Civil de Nacimiento de los hijos que tengan en común para su legitimación.

  • 6. ¿Y si hubo un matrimonio anterior?
     

    En este caso se requieren, adicionalmente: Registro Civil de Nacimiento con nota del divorcio, la disolución y liquidación de la sociedad conyugal; o en caso de viudez, Registro civil de defunción del cónyuge fallecido.

Requisitos

(estos requisitos son válidos tanto para uniones entre parejas de sexo diferente como del mismo sexo)

Personas solteras:

  • Fotocopia de cédulas de ciudadanía.
  • Solicitud de matrimonio.
  • Cédula de ciudadanía.
  • Copia autenticada del registro civil, con máximo un (1) mes de expedición si el matrimonio se va a celebrar en Colombia; o tres (3) meses si es en el exterior.
  • Los registros de nacimiento deben decir en su texto: “válido para matrimonio”

Personas divorciadas o viudas deben adicionar:

  • Copia autenticada del registro civil, con máximo un (1) mes de expedición si el matrimonio se va a celebrar en Colombia, o tres (3) meses si es en el exterior y con las respectivas notas marginales de divorcio y liquidación de sociedad conyugal.
  • Copia en lo pertinente del libro o los libros de varios, donde conste el divorcio o la cesación.
  • Copias de los libros de varios de cesación de efectos civiles de matrimonio y liquidación de sociedad conyugal.
  • Registro civil del cónyuge.
  • Registro civil de defunción del cónyuge (personas viudas).

Extranjeros (los documentos deben haber sido expedidos antes de 3 meses):

  • Solicitud de matrimonio.
  • Pasaporte o cédula de extranjería.
  • Traducción oficial del registro civil de nacimiento debidamente apostillado.
  • Cerificado de soltería o equivalente.
  • Traductor oficial si la persona no habla español para que intervenga en el acto.
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