Regisro civil de defunción

Defunción
Preguntas frecuentesRequisitos

¿Qué es?

Es el documento que certifica legalmente el fallecimiento de una persona. Según el artículo 80 del Decreto 1260 de 1970, el certificado de defunción en Colombia debe contener esencialmente la fecha del fallecimiento, el nombre y el género del fallecido.

Preguntas frecuentes

  • Registro civil de defunción
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  • 1. ¿Dónde se registra la muerte de un colombiano en el extranjero?
     

    En el Consulado Colombiano del país donde ocurrió el fallecimiento, o en una notaría o registraduría en Bogotá́.

  • 2. ¿Cómo se obtiene el registro de defunción?
     

    El interesado debe presentar su documento de identificación y una prueba de la muerte (certificado expedido por el médico) en la Registraduría o Notaría, especificando dónde ocurrió la muerte o se encontró el cadáver, dentro de los dos días siguientes al momento en que se tuvo noticia del hecho.

  • 3. ¿Cómo se procede ante una muerte violenta?
     

    Esta muerte debe estar precedida de una autorización judicial.

Requisitos

  • Cédula de ciudadanía de la persona que realiza el trámite.
  • Certificado médico de defunción.
  • Si la muerte fue violenta, orden judicial.

De no reportar el fallecimiento en los siguientes dos días, es necesario adjuntar la orden judicial.

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